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DIVORCIO BILATERAL

11 Jan 22 - 20:55

DIVORCIO BILATERAL
 
          A este tipo de divorcio también se le conoce comúnmente como: Divorcio Express, Divorcio Incausado de forma bilateral, Divorcio de Mutuo Acuerdo.
 
          El divorcio bilateral es aquel que se solicita por ambos cónyuges, en virtud de que están de acuerdo en disolver su vínculo matrimonial, es decir, divorciarse de mutuo acuerdo.
 
          Así como también, están conformes en celebrar un convenio para regular las consecuencias del matrimonio como son: guarda y custodia de los hijos menores de edad, régimen de visitas, pensión alimenticia, uso del domicilio conyugal y menaje, liquidación de los bienes dentro del régimen patrimonial de sociedad conyugal, en caso de aplicar, la compensación de los bienes dentro del régimen patrimonial de separación de bienes, etcétera.
 
NUESTRO DESPACHO LE OFRECE LOS SIGUIENTE:
 
- Elaboración de la solicitud de divorcio solicitado por ambos cónyuges, de común acuerdo.  
 
- Redacción del convenio en donde se regulen las consecuencias del matrimonio, como puede ser:
 
* Guarda y custodia de los hijos menores de edad, pudiendo los progenitores decidir con cual de los dos vivirán.
 
* Régimen de visitas: El progenitor que no ejerza la guarda y custodia, tendrá derecho a convivir con sus hijos, debiendo los cónyuges pactar los días y horas de convivencia, así como también, la división de los periodos vacacionales.
 
          En la actualidad, incluso pueden convivir por medios electrónicos, si por algún motivo alguno de los progenitores no vive en la misma ciudad en donde radican los hijos.
* Pensión alimenticia: Los cónyuges deberán pactar el monto de pensión alimenticia que se otorgará a favor de sus hijos y/o para alguno de los cónyuges.
 
* Uso del menaje y último domicilio conyugal: Ambos cónyuges deberán pactar quién saldrá del domicilio en donde convivían, así como también lo referente al menaje de casa (bienes muebles como son el comedor, la sala, etcétera).
 
* Sociedad Conyugal: En caso de que el régimen patrimonial que rija el matrimonio sea el de sociedad conyugal y existan bienes a liquidar, ambos cónyuges pueden pactar cómo desean dividir dichos bienes.
 
* Separación de Bienes: Si el régimen patrimonial es el de separación de bienes, deberán señalar al Juez si existe el derecho a la compensación.
 
- Asesoramiento y acompañamiento en todo el juicio de divorcio de común acuerdo, para ambas partes.
 
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